España prohíbe la inscripción en el Registro Civil de bebés nacidos por gestación subrogada

El Ministerio de Justicia español aprobó esta semana una instrucción que indica que a partir del 1 de mayo de 2025, se prohíbe la inscripción directa en el Registro Civil de los bebés nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero. Esta medida implica que solo se podrá formalizar la inscripción de estos menores mediante los cauces legales habituales de filiación, es decir, por vínculo biológico o por adopción. La instrucción se publica en el Boletín Oficial del Estado y responde a la necesidad de adecuar la normativa española a la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo.
La nueva regulación surge tras la sentencia del Tribunal Supremo español de diciembre de 2024, que anuló un contrato de gestación subrogada reconocido por una resolución judicial estadounidense, argumentando que esta práctica es contraria al ordenamiento jurídico español y vulnera la dignidad tanto de la mujer gestante como del menor. El Supremo destacó que la gestación subrogada “cosifica a la mujer y al niño y atenta contra su integridad moral”, además de impedir el derecho del menor a conocer su origen biológico.
Hasta ahora, los menores nacidos por gestación subrogada podían inscribirse en el Registro Civil español si se presentaba una resolución judicial extranjera que validara el procedimiento. Sin embargo, con esta instrucción, esa vía queda cerrada para evitar que ciudadanos españoles eludan la prohibición vigente en España desde 2006, que considera nula la gestación subrogada. El Gobierno busca así proteger el interés superior del menor y evitar su mercantilización.
En 2024, según datos oficiales, 154 menores nacidos mediante gestación subrogada fueron inscritos en el Registro Civil español gracias a resoluciones judiciales extranjeras. La nueva instrucción pretende frenar esta práctica y garantizar que la filiación se establezca conforme a los procedimientos legales reconocidos en España, evitando que se reconozcan contratos de gestación subrogada realizados en el extranjero. Esto cierra una vía para las parejas homoparentales que busquen tener hijos por esta vía.
Respecto a la situación de los menores que lleguen a España sin que ninguno de los adultos sea progenitor biológico, fuentes del Ministerio de Justicia indican que estos niños podrán entrar con pasaporte y los adultos serán custodios legales. Sin embargo, para convertirse en padres legales deberán iniciar un proceso de adopción, ya que la inscripción directa queda prohibida.
Por otro lado, colectivos radicales feministas, como la Alianza contra el Borrado de las Mujeres, han expresado que su aspiración es que quienes recurran a la gestación subrogada queden inhabilitados para ejercer la patria potestad, considerando que esta medida sería un verdadero elemento disuasorio frente a la explotación reproductiva. Estas organizaciones valoran la nueva instrucción como un avance, aunque reclaman medidas más estrictas.
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